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SOLICITUD DE SUBVENCIONES 2018 PARA ASOC. VECINOS

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SOLICITUD DE SUBVENCIONES 2018 PARA ASOC. VECINOS

Desde el día 05/04/2018 hasta el día 04/05/2018

CONVOCATORIA PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE DE SUBVENCIONES DEL “BONO TAXI PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD O DEPENDIENTES” EN LA CIUDAD DE ALBACETE Y SUS PEDANÍAS, AÑO 2018.

NORMATIVA.

La presente convocatoria se regirá por la Ley General de Subvenciones, por esta ley y sus disposiciones de desarrollo, las restantes normas de derecho administrativo, las Bases de Ejecución presupuestaria del Ayuntamiento de Albacete, el Plan Estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Albacete y en defecto de la normativa anterior en lo no previsto se aplicarán las normas de derecho privado, todo ello en los términos del Artículo 3 de la Ley de Subvenciones; y conforme a las “Bases reguladoras del Ayuntamiento de Albacete para la concesión de subvenciones del “Bono Taxi” para personas con discapacidad o dependientes en la ciudad de Albacete y sus pedanías” publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia.

RÉGIMEN.

La concesión de estas subvenciones se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los principios del artículo 8.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

OBJETO Y BENEFICIARIOS
La convocatoria tiene por objeto el reconocimiento de una prestación económica de carácter anual para atender los gastos extraordinarios originados por desplazamientos fuera del domicilio habitual por los beneficiarios, personas con discapacidad que tengan graves dificultades para utilizar transportes públicos colectivos, y por tanto deban acudir para ello a servicio público de taxi o transportes análogos, conforme a los requisitos exigidos en las Bases aprobadas al efecto.
Las Bases Reguladoras establecen que los ingresos familiares anuales del solicitante estarán comprendidos entre el 70% y el 200% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), con un 10% adicional por cada miembro de la familia distinto de la propia persona con discapacidad, hasta un máximo comprendido entre el 100% y 230% del IPREM. Así, para 2018 estas cantidades serán las siguientes:

IPREM 2018
100% IPREM 7.519,59 €
200% IPREM 15.039,18 €

 

BAREMO ECONÓMICO
MIEMBROS IMPORTE MINIMO IMPORTE MAXIMO
1 5.263,71 € 10.039,18 €
2 5.790.08 € 16.543,10 €
3 ó más 7.519,59 € 17.295,06 €


CREDITOS Y CUANTIA DE LA SUBVENCION.
La presente convocatoria se financiará con cargo a los créditos existentes en la partida presupuestaria 100/23100/4800000 y 1001/23100/4800120 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Albacete para el ejercicio 2018, para lo que se destinarán 30.000 euros.

 

PLAZO DE PRESENTACION.
El plazo de presentación será desde el día 6 de noviembre de 2018 y hasta el dia 30 de noviembre de 2018.

TRAMITACION.
El lugar de presentación de las solicitudes es el Registro General del Ayuntamiento de Albacete así en la sede electrónica ubicada en la página web:  https://albacete.sedipualba.es/

También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo art.16.4 de la ley 39/2015.

 

CONCEPTOS Y ACTIVIDADES A SUBVENCIONAR:
Se estará a lo establecido en las Bases Reguladoras aprobadas, respecto a las subvenciones a conceder.


CUANTÍA DE LA SUBVENCION.
Para 2018 la cuantía máxima por beneficiario será de 600 €, cuyos trayectos individuales en ningún caso podrán superar un importe superior a 20 € por trayecto.
Excepcionalmente y debidamente justificado, podrán realizarse trayectos cuyo importe sea superior esta cantidad.

PAGO Y JUSTIFICACIÓN.
Las ayudas económicas del Bono Taxi 2018 se podrán abonar en dos pagos de la totalidad de la ayuda correspondiente al año 2018, una vez justificado el gasto correspondiente a cada uno de ellos.
La justificación se realizará mediante la aportación del documento legal (recibo o factura), no solo se acreditará la cuantía de la ayuda y los desplazamientos realizados, sino también la aportación de la persona beneficiaria, es decir, justificante de haber abonado el 100% del importe. La fecha máxima de justificación de la subvención será hasta el 30 abril de 2019
Los gastos a justificar serán los correspondientes al transporte de los beneficiarios efectuados desde la fecha de concesión hasta el día 31 de marzo de 2019.

 

Documentación

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE - P0200300B
Plaza de la Catedral S/N
02071 Albacete
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